Perdió Ricardo Arnaiz juicio en el TFJFA


Ricardo Arnaiz Núñez:

Sabes bien que no tienes la razón legal ni moral. Has perdido todos los juicios: uno en el TFJFA y dos en el INDAUTOR (y faltan dos en el IMPI). ¿Ahora interpondrás un amparo que sabes también perderás?

Nada bueno lograrás si sigues obstaculizando la justicia. Llevamos más de cinco años en estos litigios y los costos por daños y perjuicios te seguirán aumentando en tanto los sigas alargando.

Tú decides si prefieres seguir mintiendo a las autoridades o solucionar a la brevedad, de manera justa, los juicios de mis personajes "NIKTÉ", "KAN" y "KIN".

Espero tu respuesta.

Atentamente,
Rolando Tamayo Rodríguez
19 de junio de 2014.


Perdió Nahuala juicio en el TFJFA

El pasado jueves 5 de junio de 2014 me notificaron la sentencia emitida por el TFJFA, con la cual se confirma la resolución del INDAUTOR que declara improcedente la declaración administrativa de nulidad de la Reserva de Derechos al Uso Exclusivo número 04-2005-051714151300-301, correspondiente a mi personaje ficticio o simbólico "NIKTÉ".

Esta sentencia se debe a que NAHUALA no pudo demostrar las mentiras que dijo para tratar de anular la Reserva de Derechos de mi personaje "NIKTÉ".

Recordarán que desde octubre de 2009, yo demandé en el IMPI a las empresas PRODUCCIONES DE ANIMACIÓN Y MULTIMEDIA, S.A. DE C.V. ("ANIMEX") y NAHUALA PRODUCCIONES CINEMATOGRÁFICAS, S. DE R.L. DE C.V. ("NAHUALA"), ambas propiedad de Ricardo Arnaiz Núñez. Los demandé porque usaron sin autorización y con fines de lucro las Reservas de Derechos de mis personajes "NIKTÉ", "KAN" y "KIN" en la película "Nikté". (Ver posts Denuncio a productores de NIKTÉ y Similitudes)

Pues bien, para impedir que el IMPI dictara las sentencias correspondientes, NAHUALA solicitó al INDAUTOR que anulara la Reserva de Derechos de mi personaje "NIKTÉ". (Ver post Arnaiz chicanea caso Nikté) Sin embargo, NAHUALA perdió ese juicio. Luego solicitó un juicio de revisión, y lo volvió a perder. (Ver post Arnaiz pierde juicio en INDAUTOR)

Para tratar de revertir la sentencia del INDAUTOR, NAHUALA ingresó en el TFJFA una demanda de nulidad alegando las más increíbles mentiras. Ricardo Arnaiz Núñez y su abogado, Sergio Francisco Aguilar Montaño, saben que no les asiste la razón pero interpusieron esta frívola demanda con el único propósito de alargar los juicios y tratar de desgastarme moral y económicamente para que yo desista de defenderme, y con ello lograr la impunidad de sus ilícitos actos comerciales. (Ver post Arnaiz mintió al INDAUTOR y al TFJFA)



Ricardo Arnaiz trató de anular la Reserva de Derechos de mi personaje "NIKTÉ" para dejarme sin acción en los juicios que entablé contra sus empresas (un registro que me acredite como titular del personaje "NIKTÉ"). Pero sus perversos planes fallaron.

Mediante el oficio número EPI-1-1-44402/14, del expediente 620/13-EPI-01-10, el TFJFA dictó sentencia de fecha 26 de mayo de 2014, la cual, entre otras cosas, dice lo siguiente:

De lo anterior, se observa que contrario a lo señalado por la actora (NAHUALA), el personaje ficticio o simbólico NIKTÉ objeto de la reserva de derechos materia de la litis, no es similar ni en sus características físicas o psicológicas al personaje de la leyenda maya "Sac-Nicté", ya que en primer lugar una es una flor y la otra un ser humano y en cuanto a las características psicológicas, las que el hoy tercero interesado señaló en su reserva de derechos son muy específicas y distintas a las que se narran en la leyenda maya antes descrita .

Por lo anterior, resulta correcta la determinación de la autoridad
(INDAUTOR) en el sentido de declarar improcedente la solicitud de declaración administrativa de nulidad de la reserva de derechos 04-2005-051714151300-301, denominada "NIKTÉ", ya que esta no fue otorgada en contravención a los preceptos legales que regulan la reserva de derechos, pues en ningún momento se intenta proteger con la misma una leyenda, sino que evidentemente es un personaje ficticio original y por ende materia de una reserva de derechos.
En esta tesitura, al haber resultado por una parte fundado pero insuficiente y por otra infundado los agravios expresados por la parte actora, lo procedente es reconocer la legalidad del acto combatido.

Por lo expuesto y con fundamento en los artículos 49, 50 y 52, fracción I de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo, es de resolverse y se resuelve:

I.- La parte actora
(NAHUALA) no probó su acción en el presente juicio, en consecuencia.
II.- Se reconoce la validez de la resolución impugnada y la recurrida precisada en el resultando primero de este fallo;

Por lo tanto, la Reserva de Derechos al Uso Exclusivo número 04-2005-051714151300-301 de mi personaje "NIKTÉ" está vigente y surtiendo plenamente sus efectos jurídicos.

Ricardo Arnaiz Núñez siempre ha sabido que yo soy el titular de los personajes registrados "NIKTÉ", "KAN" y "KIN", pero no le importó invadir mis derechos a pesar de que le comuniqué mi abierta oposición a que los usara. (Ver post Pláticas Rolando Tamayo y Animex)







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